G:
La octava letra del abecedario español; la sexta
entre sus consonantes. | Séptima letra mundial, que es la del día séptimo del
novenario de los romanos. | En lo eclesiástico, séptima y última letra
dominical, que señala el sábado.
Gabela:
Genéricamente, toda clase de tributo, contribución o
impuesto que se paga al Estado. | En la época feudal, prestaciones especiales
que debían los vasallos a sus señores; como entrega de ciertos frutos o pago de
determinados derechos en algunas ocasiones.| En acepción figurada, servidumbre,
gravamen, carga.
Gabinete:
Además de aposento familiar o de edificio público,
dedicado por lo general a las visitas o al trabajo, significa ministerio, tanto
en su aspecto POLÍTICO, como en cuanto órgano que asume el gobierno propiamente
dicho en el régimen parlamentario.
Gaceta de Madrid:
Periódico oficial del gobierno español desde
mediados del siglo XVII hasta bien entrado el siglo xx.
Gaje:
Antiguamente, sueldo que pagaban reyes, príncipes y
señores a sus soldados o al personal de su servicio. | Actualmente, beneficio,
emolumento, obvención, que se obtiene en el desempeño de un cargo u oficio. | Gratificación.
| También se decía antiguamente por señalo prenda de aceptación de un reto o
desafío. | Constituye atroz galicismo usar esta voz como sinónimo de prenda o
garantía en las acepciones del Derecho Privado.
Gajes del oficio:
Inconvenientes, perjuicios naturales en el ejercicio
de un empleo o con motivo de una función o cargo.
Galeote:
El condenado por la justicia a remar, como pena, en
las galeras reales. Tal régimen punitivo adquirió notable desarrollo en España
y en el Mediterráneo durante los siglos XVI y XVII.
Galera:
Cárcel de mujeres. | Antigua embarcación de vela y
remo, donde servían forzados los delincuentes, los prisioneros y los esclavos.
(V. GALERAS.)
Galeras:
En el antiguo Derecho Penal, pena por la cual el
condenado debía servir como remero en las naves reales. Esta pena, a la vez
privativa de libertad y de trabajos forzados, solía durar de seis a diez años.
En orden de gravedad, se encontraba inmediatamente después de la condena a
muerte. (V. FALEOTE.)
Ganancia:
Adquisición de bienes mediante el trabajo o
actividad lucrativa. | Utilidad, provecho, beneficio.
Gananciales:
Se dice de los bienes que se ganan o aumentan
durante el matrimonio por el trabajo de los cónyuges, por los productos de los
bienes privativos o comunes o por otro título legal.
Garante:
Quien da una garantía (v.). | En sentido estricto,
fiador (v.).
Garantía:
Afianzamiento, fianza. | Prenda. | Caución. | Obligación
del garante. | Cosa dada en garantía. | Seguridad o protección frene a un
peligro o contra un riesgo.
Garantías constitucionales o individuales:
Conjunto de declaraciones, medios y recursos con que
los textos constitucionales aseguran a todos los individuos o ciudadanos el
disfrute y ejercicio de los derechos públicos y privados fundamentales que se
les reconocen,
Garantir:
Garantizar, afianzar.
Garantizar:
Dar una garantía material o moral; afianzar el
cumplimiento de lo estipulado o la observancia de una obligación o promesa.
Garrote:
Pena de muerte que se ejecuta estrangulando al reo
mediante un corbatín de hierro aplicado a la garganta.
Gastos:
Conjunto de desembolsos pecuniarios, o de valores y
bienes equivalentes, realizados en el ejercicio o desempeño de una actividad
periódica, permanente o compleja, o frecuente si es discontinua. | En el
patrimonio particular y en el presupuesto del Estado u otras corporaciones
públicas, gastos o pagos se contrapone a ingresos o cobros. | DE
JUSTICIA. V. COSTAS. GASTOS JUDICIALES, LITISEXPENSAS. | DE REPRESENTACIÓN.
Asignación complementaria del sueldo que perciben el jefe del Estado, los
ministros, otras altas autoridades nacionales, los diplomáticos y los que
desempeñan determinadas comisiones en el país o en el extranjero. | DOMÉSTICOS.
Los relativos al sostenimiento del hogar. | GENERALES. En la
contabilidad de una empresa, son los desembolsos periódicos, más o menos
constantes en su cuantía, por personal, alquiler, material, consumo de energía,
etc. | JUDICIALES. Cuantos origina la administración de justicia, por
papel sellado, honorarios de abogados y procuradores, aranceles de secretarios
y auxiliares de la justicia, etc. | PÚBLICOS. Los que para la realización de sus fines y para mantenimiento
de su organización efectúan el Estado, las provincias y los municipios.
Gemelo:
Cada Uno de dos o más hermanos nacidos de un solo
parto, Comúnmente, en América se les denomina mellizos.
Gendarme:
En Francia y otros países, individuo del cuerpo
destinado a mantener el orden público.
Genealogía
"Serie de progenitores o ascendientes de
quienes un individuo desciende, o también estado o resumen de la evolución de
una casa o familia, hecho con referencia a las partidas de nacimiento,
matrimonio y defunción, que son las que establecen la filiación y la posesión
de estado" (Escriche). Esta determinación precisa de los antepasados tiene
importancia jurídica, porque ayuda, en ocasiones, a determinar los vínculos de
filiación y parentesco, muy importantes en el Derecho Sucesorio de algunos
países. No en el de aquellos otros donde se han limitado los grados de
parentesco colateral que puedan llevar a participar en una sucesión intestada.
Genearca:
Cabeza de un linaje, fundador de una familia.
Generación:
Procreación, engendramiento o engendración;
fecundación de la mujer, concepción. | Género o especie. | Filiación. | Cada
una de las personas que en una línea cualquiera procede de un tronco común. | Conjunto
de todos los coetáneos, aun sin haber nacido estrictamente a la vez ni el mismo
año. | Grupo con manifestaciones afines en la tendencia y en el tiempo; así se
hable de la generación intelectual española de 1898 (o del 98), de
indudable influjo en el pensamiento nacional durante el primer tercio del siglo
xx.
Generales de la ley:
Serie de preguntas que, para determinar el estado y
condición de las personas y otros datos de interés, para fijar la capacidad o
el interés de las mismas, se formulan a los testigos.
Genocidio:
Crimen de Derecho Internacional, consistente en el
exterminio de grupos humanos por razones raciales, políticas o religiosas, o en
la implacable persecución de aquéllos por estas causas.
"Gentlemen's agreement":
Locución inglesa, difundida en el ambiente
diplomático y periodístico, cuyo significado literal es "pacto entre
caballeros",
Gerente:
Quien dirige, con arreglo a los estatutos o poderes
otorgados, los negocios de una sociedad o cm presa mercantil y lleva la firma
de la entidad o establecimiento.
Germanía:
Jerga o habla peculiar de gitanos o de rufianes y
ladrones. Está formada por palabras de orígenes muy diversos, otras
humorísticas, algunas traspuestas y deformaciones del lenguaje correcto, amén
de vocablos enteramente arbitrarios o caprichosos. | Germanías, en la
historia de España, designa las juntas populares formadas al principio del
reinado de Carlos | por los gremios valencianos que, en defensa de sus
libertades y de las del pueblo en general, se sublevaron contra los nobles.
Sostuvieron campañas durante los años 1519 a 1522, al propio tiempo y con el
mismo significado que las de los Comuneros de Castilla. | Gennania posee
asimismo el sentido de amancebamiento. | Además, en términos de "germania",
la voz quiere decir rufiunesca.
Gestión:
Acción o efecto de gestionar o administrar;
diligencia miento de algo. | Administración. | Desempeño de una función o cargo.
| Diligencia. | Encargo. | Trámite. | Intervención. | DE NEGOCIOS AJENOS. La
negotiorum gestio romana constituye un cuasicontrato definido por
Escriche como aquel en que una persona toma por sí misma, a su cargo, el
cuidado o dirección de los negocios de un ausente, sin haber recibido poderes
de él, e incluso sin su conocimiento; lo cual le obliga a dar cuenta de su
administración, pero con derecho a exigir los gastos legítimos realizados.
Glosa:
Explicación, comentario o interpretación de un texto
obscuro o difícil de entender. | Nota en un instrumento o libro de cuenta y
razón para constancia de la obligación, hipoteca, juro, etc. | Observación o
reparo a una o más partidas de una cuenta.
Glosadores (Escuela de los):
También se denomina Escuela de Bolonia o de los
jurisconsultos boloñeses, por ser en esta Universidad donde apareció y se
desarrolló. Comprende a los jurisconsultos que florecieron desde el siglo XI
hasta la segunda mitad del siglo XIII, y que usaron las glosas como forma de
sus escritos. Los glosadores prestaron un gran servicio a la ciencia del
Derecho, pues separaron la enseñanza de éste de la de las artes liberales y de
la teología; servicio que aún fue mayor al haber examinado, uno por uno, todos
los textos del Corpus Juris Roniani y de las primeras colecciones del Canonici,
comparándolas entre sí e interpretandalas.
Gobernante:
El que gobierna, manda o rige.
Gobernar:
Regir un Estado o una corporación pública. | Mandar
con autoridad. | Dirigir, guiar, conducir.
Gobierno:
Dirección o administración del Estado. | Conjunto de
ministros que ejercen el Poder ejecutivo. | Orden, régimen o sistema para regir
la nación o alguna de sus provincias, regiones o municipios. | Función, cargo o
dignidad de gobernador. | Territorio, provincia o distrito donde ejerce su
autoridad un gobernador. | Edificio donde están sus oficinas y su despacho. | Duración
de un gobernador en su mando. | ABSOLUTO. Ejercicio de todos los poderes
públicos por una sola persona o un cuerpo determinado, sin limitación en las
atribuciones ni responsabilidad alguna ... al menos durante su ejercicio. | DE
HECHO o "DE FACTO". En términos amplios, cualquier poder
público que no ha sido elegido por sufragio ni nombrado por otro procedimiento
constitucional. La denominación corresponde habitualmente a los grupos
revolucionarios que, triunfantes, ejercen el poder público en nombre de la
opinión del país o con el propósito, cuando no con el pretexto, de servir su s
intereses,
Golpe de estado:
Usurpación violenta de los poderes públicos, en
especial del ejecutivo; absorción por éste de la función legislativa y
sojuzgamiento de la judicial.
Gracia:
Atractivo, donaire. | Afabilidad, buenos modales. | Perdón
o indulto que concede el Poder ejecutivo y suscribe el jefe del estado. | Benevolencia.
| Remisión de deuda. | Concesión gratuita. | Beneficio o favor no merecido. | Dispensa.
| Privilegio. | Donación. | Merced. | Para los canonistas, don divino hecho a
los hombres por pura liberalidad.
Grado de pensamiento:
El cómputo de distancia que hay entre un pariente y
otro. | También, cada una de las generaciones que hay desde un tronco o raíz
común de una familia hasta cada una de las personas que pertenecen a ella.
Graduación:
Acción o efecto de graduar, de dividir en grados o
categorías a las personas, cosas o derechos. | En general, toda ordenación o
escalonamiento. | En el ejército, categoría o grado de un militar profesional,
desde alférez o teniente hasta general. | DE ACREEDORES. En caso de
concurso o quiebra, clasificación que se hace de ellos para señalarles el lugar,
orden y grado que deben ocupar, según el origen y naturaleza de sus créditos,
para ser pagados con los bienes del deudor común. | DE CRÉDITOS. Teniendo
en cuenta que los privilegios no puede resultar sino de una disposición de la
ley y que al deudor no le es dable crear privilegio a favor de ninguno de sus
acreedores, se habla de graduación de créditos mejor que de graduación
de acreedores; pues el grado corresponde a los créditos, y no a las
personas.
Gratificación:
Galardón y recompensa pecuniaria de un servicio o
mérito extraordinario, el concepto tiene importancia en Derecho Laboral, ya que
la gratificación representa una forma de retribución que el empleador
proporciona por encima del salario ya título de recompensa o remuneración
excepcional, lo haga voluntariamente o en virtud de práctica establecida. Se ha
discutido doctrinal y jurisprudencialmente acerca de la naturaleza jurídica de la
gratificación; es decir, si ésta forma parte del salario o no. La
tendencia más corriente se inclina a considerar que, si esa liberalidad
patronal es excepcional, no tiene carácter salarial ní ocasiona derechos a favor
del trabajador; pero que, si es habitual y repetida, se reputa remuneración
normal, exigible por su beneficiario y computable a todos los efectos (despido,
preaviso, sueldo complementario, vacaciones) para determinar los derechos del
trabajador. No debe confundirse la gratificación con la propina (v.).
Gratuito:
De balde, gratis, por mera liberalidad. | Referido a
alegatos, argumentos, acusaciones y otras actitudes dialécticas o de polémicas,
significa arbitrario, caprichoso, meramente personal sin fundamento debido.
Gregario:
Aplicase al que está en compañía de sus iguales; y
tanto se dice de personas (soldados, alumnos) como de animales, sobre todo si
forman rebaño. | En sentido metafórico, quien sin propia crítica sigue el
criterio ajeno.
Gregoriano:
Referente a los papas Gregorio | (el del cántico) o
Gregorio XIII (el del calendario) ya otros personajes de igual nombre.
A. En cronología. Era, calendario y año
reformados por Gregorio XIII y seguidos en la actualidad por casi todos los
países.
B. En la Historia del Derecho. Compilación de
constituciones imperiales hecha por un jurisconsulto, del que sólo se sabe que
se llamaba Gregario o Gregoriano, de quien tomó el nombre de Codex
Gregorianus o Codus Gregoriani. Aunque fue una obra de carácter particular,
bien pronto revistió gran importancia.
Gremio:
En sentido general, conjunto de personas que ejercen
la misma profesión u oficio o poseen el mismo estado social. | Para la Iglesia,
unión o comunidad de fieles y pastores; y particularmente de todos los
creyentes y el papa. | En las universidades, corporación o cuerpo que integran
catedráticos y doctores. | En Derecho Laboral, la corporación profesional,
constituida por maestros, oficiales y aprendices de un mismo arte, oficio o
profesión, regida por estatutos particulares, que tiende a enaltecer la común
labor característica y a la mejora moral y material de sus integrantes.
Grilletes:
Arco de hierro, con dos agujeros y un pasador por
detrás, por el cual se pasa un perno, y sirve para asegurar una cadena al
tobillo de u n presidiario.
Grillos:
Un género de prisión, que asegura a los reos en la
cárcel para que no puedan huir de ella.
Gritos subversivos:
Vivas o mueras y cualquiera otra expresión exaltada,
proferidas a voz en cuello contra el poder constituido o contra el régimen POLÍTICO
y social imperante cuando se les atribuye eficacia para alterar el orden público.
Grupo:
Pluralidad de seres o cosas con alguna
característica común.
Grupo de sociedades:
Conjunto de sociedades independientes y autónomas,
por lo menos teóricamente, pero que de hecho se encuentran sometidas a una
dirección ya un control económico o financiero único.
Guarda:
El encargado de conservar o custodiar una cosa. | Defensa,
conservación, cuidado o custodia. | Tutela. | Curaduría, curatela. | Cumplimiento,
observancia o acatamiento de leyes, órdenes y demás preceptos obligatorios. | DE
VISTA. Cuidador que no ha de apartarse de la vigilancia directa de una
persona. | JURADO. Guardián que, a propuesta de particulares, y luego de
prestar determinado juramento (de ahí su denominación), recibe un nombramiento
de la autoridad para reconocerle sus funciones y permitirle usar armas de
fuego.
Guerra:
En sentido amplio, toda disidencia o pugna entre
personas o grupos. | Oposición violenta. | En sentido propiamente militar, la
Academia Española dice que es desavenencia y rompimiento de paz entre dos
potencias. Para Gracia es "la situación de aquellos que procuran ventilar
sus diferencias por la vía de fuerza" y para Bello es "vindicación de
nuestras derechos por la fuerza",
Guilda:
Institución germánica y anglosajona análoga a los
colegios romanos y antecedente de los gremios (v.). Las guildas, en
realidad, fueron como familias artificiales, formadas por la conjunción de la
sangre y unidas por el juramento de ayudarse y socorrerse en determinadas
circunstancias sus miembros.
Guillotina:
Máquina destinada a la ejecución de la pena de
muerte por medio de la decapitación.