Desde su puesta en vigencia de manera progresiva en 23 distritos a escala nacional, el Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) viene cumpliendo con fortalecer el sistema de justicia y descongestionar los espacios judiciales, ofreciendo a los usuarios mayor eficiencia y celeridad en los procesos.
Precisamente, un mecanismo que prevé el NCPP y que ha permitido que determinados casos se resuelvan sin necesidad de un proceso judicial, es el principio de oportunidad. Esta salida alternativa hizo posible que de las 794,576 denuncias que ingresaron al Ministerio Público, desde julio del 2006 a diciembre del 2012, más de 56,000 fueron resueltas rápidamente aplicando su regulación.
"Se llevó, de esta manera, una justicia rápida a más de 56, 000 víctimas o agraviados e incluso fueron resarcidas económicamente, evitándose un proceso judicial engorroso y lento", explicó el secretario técnico del equipo de implementación del NCPP del Ministerio Público, Víctor Yaipén Zapata.
Con el principio de oportunidad, el fiscal se abstiene del ejercicio de la acción penal –de investigar e interponer una denuncia–, pero se trata de una perrogativa que solo se ejerce en determinados casos. Entre ellas, cuando la persona ha sido afectada gravemente por el delito que cometió; cuando el delito no ha causado mayor alarma en la sociedad y no hay mayor daño a ninguna persona; y, cuando no se compromete el interés público y de por medio está un atenuante.
"El NCPP privilegia en todos los casos expuestos el resarcimiento económico a la víctima o de la persona agraviada ", opinó el representante del Ministerio Público.
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