LABORALISTAS. CONFÍAN EN EXTENSIÓN DE BASE DE APORTANTES
Destacan la creación del Sistema de
Pensiones Sociales
Crecerá rentabilidad de pensiones y reducirá comisiones, dijo Lora
Justifican. Facultades a Sunat para cobranza reducirá procesos
judiciales.
La ampliación de la cobertura del sistema privado
de pensiones dispuesta mediante la Ley 29903 a favor de los trabajadores
independientes, genera conciencia previsional en este sector productivo de la
población, sostuvieron diversos laboralistas.
La norma, que reforma el Sistema Privado de
Pensiones (SPP), establece que el trabajador independiente que no supere los 40
años de edad, debe afiliarse a un sistema pensionario, teniendo que optar por
el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o el SPP, estableciéndose como plazo
máximo de elección la fecha en que percibe la renta de cuarta y/o quinta
categoría regulada en la Ley del Impuesto a la Renta.
Finalizado ese plazo, si no hubiese manifestado su
voluntad de afiliarse a un sistema pensionario, se afiliará o el agente de
retención lo afiliará, según sea el caso, a una AFP acorde a los lineamientos
establecidos por la misma norma.
Afiliación facultativa
La afiliación a un sistema pensionario será
facultativa para los trabajadores independientes con más de 40 años a la fecha
de entrada en vigencia de la ley, que será 120 días después del día siguiente
de la publicación de su reglamento.
Para todo efecto, se entenderá por trabajador
independiente al sujeto que recibe ingresos considerados rentas de cuarta y/o
quinta categoría, de conformidad con lo previsto en la Ley del Impuesto a la
Renta, vale decir, trabajadores independientes con contratos de prestación de
servicios cuarta-quinta.
En ese contexto, el especialista en derecho laboral
Ricardo Herrera Vásquez rerfirió que con estas medidas positivas no solo se
ampliará la base de aportantes, lo cual ocasionará un efecto benéfico en la
reducción de las comisiones, sino que inclusive se generará una cultura de
ahorro previsional en los independientes, lo que, a su juicio, es importante
con la aprobación de la Ley 29903.
Pyme
Calificó además como positivas las modificaciones
efectuadas al SPP para la creación del Sistema de Pensiones Sociales, lo que,
desde su punto de vista, constituye un avance importante en la formalización de
las pymes.
"La principal aspiración que tienen los
trabajadores, conductores y dueños de estos negocios es básicamente tener un
sistema de seguridad social, que con su incorporación al Seguro Integral de
Salud (SIS) se avanzó, y un sistema de pensiones que con la ley que reforma el
SPP por fin se podrá desarrollar", explicó.
En virtud de la reforma efectuada, se crea el
Sistema de Pensiones Sociales de carácter obligatorio para los trabajadores y
conductores de microempresas que no superen los 40 años de edad y que estén en
los alcances de la norma reformadora, siendo de carácter facultativo para los
demás trabajadores y conductores mayores de esa edad.
Los trabajadores independientes
"Es importante tener conciencia
previsional en el Perú y los trabajadores independientes deben pensar en que
cuando tengan 65 años de edad deben gozar de una pensión", expresó el
laboralista Germán Lora, quien calificó de positiva la ampliación de la cobertura
del SPP.
A juicio del experto, la ley reformadora conlleva
entonces un cambio cultural, al margen de la forma que, en virtud a esta norma,
se empleará para cobrar a los independientes.
"Esperemos que las AFP, su asociación, y los
pensionistas tengan claras las reformas, sin perder, desde ningún punto de
vista, que lo que se busca es que las comisiones sean menores y que haya
rentabilidad para una jubilación acorde con lo que necesita una persona al
cumplir 65 o más años de edad", detalló.
Fecha:24/07/201 Fuente el Peruano