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Derecho de defensa


APORTE LEGAL



Raúl Chanamé Orbe Decano del CAL

La historia de la humanidad está signada por juicios donde los acusados carecieron de las mínimas garantías para poder defenderse adecuadamente.

Fueron los  ingleses quienes revistieron al proceso de garantías mínimas con el concepto de juicio justo. No es suficiente un proceso formal, se requiere de la imparcialidad de quien juzga, la independencia de los actores procesales y, sobre todo, el no sometimiento al poder. Los norteamericanos, en su Declaración de Derechos, incorporaron el concepto moderno de debido proceso que adquirió su máxima expresión con la Cláusula Miranda de 1966, que amplía las garantías a la intervención policial o administrativa, haciendo prevalecer el principio de presunción de inocencia, que debe ser tutelado por el propio Estado.

Nuestra Constitución lo configura en tres partes (Art. 139, inc. 14): i).– "El principio de no ser privado del derecho de defensa en ningún estado del proceso". El derecho de defensa es exigible desde la etapa policial, judicial y hasta la propia ejecución de la sentencia; el asesoramiento se da en la etapa prejudicial y judicial. ii).– "Toda persona será informada inmediatamente y por escrito de la causa o las razones de su detención".

 Esta es la aplicación de la Cláusula Miranda. iii).- "Tiene derecho a comunicarse personalmente con un defensor de su elección y ser asesorada por este desde que es citada o detenida por cualquier autoridad."

El derecho de defensa tiene dos dimensiones 1) Sustantiva: la esencia de la defensa que se expresa en diversos hechos, como la elección libre del abogado. 2) Procesal: el cumplimiento de requisitos formales y materiales para un defensa integral.

La Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 45/121 del 14 de diciembre de 1990 estableció los principios básicos sobre la función de los abogados, garantizando que puedan desempeñar todas las funciones profesionales sin intimidaciones, obstáculos, acoso o interferencias indebidas (Art. 16).

"La civilización se humanizó cuando se superó la Ley del Talión."


Peruano