TRIBUTARISTAS. RECOMIENDAN PUBLICAR UN TEXTO ÚNICO ORDENADO
Permitiría entender mejor los cambios en este tema, opinan
Facilitan operatividad a empresas de servicio telefónico, señalan
Reglamento. Resolución de Superintendencia N° 007-99/Sunat y sus modificatorias regula los comprobantes de pago
Así lo sostuvieron diversos tributaristas al comentar los recientes cambios realizados a esta disposición mediante la Resolución de Superintendencia N° 013-2013/Sunat para que las empresas concesionarias del servicio de telefonía bajo el control de Osiptel puedan incluir en sus comprobantes de pago los de quienes brindan servicios especiales con interoperabilidad en sus redes.
Sustentación
En opinión del especialista en tributación Jorge Picón Gonzales, al contribuyente promedio ya le cuesta trabajo hacer el seguimiento a todos los cambios efectuados, más aún si también se han modificado varias veces otras normas fiscales.
Por ende, recomienda publicar textos únicos ordenados de las disposiciones tributarias modificadas en bastantes oportunidades, como es el caso del Reglamento de Comprobantes de Pago.
"Un texto único ordenado de una norma recoge todas las modificaciones efectuadas a ésta, compilándolas a manera de un documento oficial, y dicho reglamento ha experimentado varias vinculadas con el peaje, notas de crédito y guías de remisión", refirió.
Considera entonces que debe publicarse el texto único ordenado del mismo más aún si mediante un documento normativo de esa índole no se introducen nuevos temas.
El también tributarista David Bravo Sheen coincide en la necesidad de esta medida.
"El Reglamento de Comprobantes de Pago ha tenido tantas modificaciones que sí amerita que haya una especie de texto único ordenado concordado que reúna en un solo cuerpo legal todas las modificaciones realizadas", aseveró.
A su juicio, llega un momento en el cual una norma tributaria tiene tantos cambios que para el contribuyente es difícil entenderlos o interpretarlos, a no ser que exista un solo cuerpo legal, en este caso un texto único ordenado, que contenga todas las modificaciones de la disposición vigente.
Planteamiento adicional
Bravo Sheen propuso también separar en un texto normativo distinto al Reglamento de Comprobantes de Pago la regulación sobre guías de remisión por ser compleja y tener bastante particularidad.
"En el Reglamento de Comprobantes de Pago deben regularse los que son propiamente tales, sus características, los momentos de su emisión, el procedimiento para la pérdida, e incluir las normas de aquellos documentos que se emiten para modificarlos como las notas de crédito y de débito", detalló.
En su opinión, las guías de remisión no modifican ni sustituyen a los comprobantes de pago sino acreditan el traslado de los bienes.
Operatividad
1 A criterio de Picón Gonzales, mediante la Resolución de Superintendencia N° 013-2013/Sunat se permite la incorporación de nuevos servicios de telefonía para su cobranza en los documentos autorizados como comprobantes de pago, denominados facturas cíclicas. "Servicios que antes solo podían incorporarse en facturas normales para su cobro", refirió.
2 Sostuvo que así se facilita la operatividad a las empresas de servicios de telefonía bajo el control de Osiptel que prestan un servicio que no estaba contemplado previamente y que ahora por el avance tecnológico lo brindan.
Peruano