EN AGENDA. PROCURADOR JULIO GALINDO DURANTE DEBATE EN EL CAL
Libertades no son absolutas y pueden limitarse, manifiesta
Por tanto, refiere que iniciativa no afectará la libertad de expresión
Foro. Procuradores, abogados y periodistas discutieron alcances del proyecto de ley del negacionismo.
Sustentó su posición en el fundamento 83 de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) recaída en el Exp. N° 010-2002-AI/TC, en que el colegiado al referirse a la apología considera que las libertades no son absolutas, sino que, por autorización del propio texto constitucional, pueden ser limitadas por ley, bajo las responsabilidades de ley; y que la limitación de derechos constitucionales solo se justifica si existen otros valores de igual rango que deben ser protegidos.
Con estas premisas Galindo sostuvo que cuando una libertad está en contradicción con otra, el Estado puede poner límites o parámetros, lo que, a su juicio, dejó sentado el TC en ese pronunciamiento emitido el 3 de enero de 2003.
Además, considera que las personas que han causado tanto daño, como los condenados por terrorismo y que han logrado su libertad, no tienen derecho a maltratar a las personas afectadas a las que les quitaron familias, esposas e hijos, ni a decir que son perseguidos políticos y que no han hecho otra cosa más que hacer un bien al país.
Descartó que el proyecto esté dirigido a personas o periodistas de buena fe, pues para condenar a alguien por esa figura se requeriría estar inmerso en el artículo 2 de la Ley 25475, y otras normas complementarias vinculadas al delito de terrorismo.
En opinión de Galindo, la aplicación de la norma sobre delito de apología no está prosperando no porque haya una ineficacia, alguna duda o vacío en la ley de apología, sino porque hay una desidia del Poder Judicial que no quiere aplicar esa figura legal.
El procurador participó del conversatorio sobre la Ley del negacionismo, organizado por el Colegio de Abogados de Lima (CAL).
Libertades preferentes
Es cierto que no hay derechos absolutos, pero ya la Corte Interamericana ha dicho que hay libertades preferentes adecuadamente ponderadas, como son las de expresión, investigación y opinión.
La seguridad también forma parte de un derecho, pero entre seguridad y libertad de expresión tenemos que preferir, incluso con los riesgos que eso implica, la libertad de expresión.
Necesitamos combatir al terrorismo con leyes idóneas y respetando el marco constitucional de libertades preferentes.
Peruano