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Varían reglas de acceso para la función notarial


MINJUS. MODIFICAN REGLAMENTO DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS

Quedan sin efecto las convocatorias efectuadas a escala nacional



Nuevo. Ministerio deberá establecer plazas notariales.
Este año empezó con nuevas reglas para el acceso a la función notarial y el desarrollo de los respectivos concursos públicos en todo el país. 

Por tanto, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos determinará las plazas notariales que serán convocadas para esta postulación de conformidad con la segunda disposición complementaria transitoria de la Ley Nº 29933, que autoriza a este portafolio efectuar dicha selección.

Así lo refiere el anexo del DS N° 021-2012-JUS que aprueba el texto del reglamento de concurso público nacional de méritos para el ingreso a la función notarial, aprobado por el Sector Justicia de conformidad con la Primera y Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 29933.

La norma, de esa manera, deja sin efecto todas las convocatorias a concurso público de méritos para el ingreso a la función notarial que hayan sido efectuadas previamente por cualquier Colegio de Notarios, a nivel nacional  y que se encuentre en proceso. Por tanto, corresponderá a este gremio reembolsar el 100% del monto pagado por los postulantes y devolver los documentos presentados.

"Este acápite ha generado el rechazo de muchos abogados que se encontraban en pleno proceso de selección convocado para cubrir plazas notariales, tal como es el caso del proceso en curso para el Colegio de Notarios de Lima, por citar un ejemplo en particular", afirmó el experto Javier Alcántara Rojas, miembro de la división de derecho societario y registral de Iriarte & Asociados.

Agregó que el reglamento hace una detallada descripción del proceso del concurso, la forma de evaluación y los puntajes otorgados a cada una de las etapas.
El sector Justicia, de otro lado, reglamentó el traslado temporal de notarios en todo el país, mediante el anexo del DS Nº 020-2012-JUS. Ello, en cumplimiento a la Quinta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 29933, la cual establece que el sector Justicia en atención a las necesidades de la población, puede disponer los traslados temporales de notarios a nivel nacional cuando existan plazas vacantes, hasta que sean cubiertas en virtud de concurso público nacional de méritos.

El reglamento, de ese modo, regula esta figura novedosa que permite al ministerio disponer el traslado temporal de notarios a circunscripciones distintas a la del colegio de origen, cuando existan plazas vacantes y hasta que sean cubiertas mediante el concurso público nacional de méritos autorizados por ley.  

"La norma hace especial hincapié en que el notario trasladado no pierde el vínculo con su colegio de origen, al cual seguirá adscrito, no teniendo el Colegio de Notarios receptor injerencia alguna respecto al notario trasladado", explicó Alcántara.

Mejoras al proceso
La evaluación en el concurso nacional para el acceso al notariado debe empezar por el examen escrito que permite la eliminación de un buen porcentaje de postulantes, en lugar de hacerlo con la calificación curricular en que es muy probable que todos obtengan como nota mínima 12, afirmó el notario del Callao, Germán Núñez.

Al comentar los alcances del DS Nº 021-2012-JUS, estimó excesiva la calificación máxima de 5 puntos para los conocimientos sobre cultura general. Sin embargo, saludó que el reglamento considere una puntuación para los profesionales que han servido en altas posiciones en el sector público y privado, aparte de la bonificación de un punto que recibe un juez, fiscal o registrador.


Evaluación
El jurado calificador que lleve a cabo el concurso público nacional de méritos para el ingreso a la función notarial aplicando las pautas establecidas en el DS N° 021-2012-JUS deberá ser exigente con los postulantes y su calificación, afirmó el decano del Colegio de Notarios de Lima, Mario Romero Valdivieso quien sugirió por tanto a dicho colegiado priorizar la cobertura de estas plazas con personas capacitadas para asumir la responsabilidad de la fe pública.      
   
A su juicio debió mantenerse la nota mínimo aprobatoria de 14, pues ahora dicha calificación ha sido disminuida a 12 sobre un total de 20 puntos, como puntaje mínimo aprobatorio para cada una de las etapas de evaluación.

Peruano