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La electricidad es un derecho esencial


                                      JURISPRUDENCIA. ES BÁSICO PARA EL DESARROLLO DE UNA VIDA DIGNA


Sala Superior del Cusco establece que tiene un valor constitucional


El servicio de electricidad constituye un derecho esencial básico para el desarrollo de la vida en condiciones dignas, que sirve de sustrato para el ejercicio efectivo de una serie de derechos fundamentales. 


Así lo estableció la Sala Constitucional y Social de la Corte del Cusco al resolver el amparo correspondiente al Exp. N° 01947-2010-0-1001-JR-CI-01.
A criterio de esta sala el avance tecnológico y las necesidades del mundo moderno han generado diversos bienes y equipos –como los electrodomésticos– de los que se vale el hombre para satisfacer sus necesidades elementales de aseo, salud, trabajo, alimentación, entre otras, y que funcionan con fluido eléctrico.
"Restringir irrazonablemente el servicio que permite el uso de este bien, restringe la satisfacción de las necesidades elementales del individuo, que se vinculan con el derecho a una vida digna", detalla la sala.
En opinión del colegiado, el hecho de que "contar con servicio de electricidad, o acceso al suministro de electricidad" no esté reconocido en la Constitución de forma expresa, no implica que éste no sea un derecho fundamental. Aunque, a juicio de esta sala podría catalogarse en el ámbito de derechos no enumerados al que se refiere el artículo 3 de la Constitución Política del Perú.


Fecha:29/09/2012  Fuente Peruano